Régimen tradicional vs simplificado: cuál te toca y cómo facturás en cada uno
Dos formas de tributar con reglas muy distintas. Quién califica para el simplificado, por qué ahí no se traslada IVA y qué cambia a la hora de facturar y declarar.
En Costa Rica hay dos grandes formas de estar inscrito ante Hacienda: el Régimen Tradicional (la mayoría) y el Régimen Simplificado (pequeños negocios de ciertas actividades). No es un detalle: cambia cómo facturás, cómo cobrás el IVA y cómo declarás.
Quién está en cada uno
- Tradicional: la regla general. Aplica a la mayoría de empresas y profesionales.
- Simplificado: un régimen opcional para pequeños contribuyentes de actividades específicas (pulperías, sodas, bazares, talleres pequeños, pescadores, taxistas, etc.), con topes de compras y de empleados. Se paga un impuesto estimado, no débito-crédito.
La diferencia que más se nota: el IVA
| Tradicional | Simplificado | |
|---|---|---|
| ¿Traslada IVA al cliente? | Sí | No |
| Cómo calcula el IVA a pagar | Débito − crédito | Compras × factor de la actividad |
| Formulario | D-104 | D-105 |
| Periodicidad | Mensual | Trimestral |
| Renta | Según utilidad / tramos | Estimada por factor |
El simplificado NO cobra IVA
Un emisor de régimen simplificado, por disposición de Hacienda, no traslada IVA. Sus facturas van con las líneas exentas (tarifa 0). No es opcional ni un error: es la regla. Por eso, si sos simplificado, en tu factura no aparece el "precio con IVA": todo va sin IVA.
El tradicional trabaja con débito y crédito
El tradicional cobra IVA en sus ventas (débito) y resta el IVA que pagó en sus compras (crédito). Lo que le entera a Hacienda cada mes es la diferencia, en el D-104.
Cómo declara cada uno
- Tradicional (D-104): mensual. IVA a pagar = IVA cobrado − IVA de compras deducible (ajustado por prorrata si corresponde).
- Simplificado (D-105): trimestral. El IVA y la renta no salen de débito-crédito: se estiman multiplicando el total de compras del trimestre por el factor oficial de tu actividad (una tabla de Hacienda). No necesitás desglosar débito contra crédito.
¿Cuál me conviene?
No se elige por gusto: el simplificado tiene requisitos (actividad elegible, topes de compras anuales y de empleados). Si calificás y tu margen es alto, el simplificado suele ser más barato y mucho más sencillo de declarar. Si comprás mucho con IVA y lo podés acreditar, el tradicional puede convenir. Es una decisión de tu contador con tus números.
Factura en CR detecta el régimen de cada emisor al registrarlo (consultando la actividad en Hacienda) y ajusta la emisión solo: a un simplificado le fuerza las líneas exentas y le arma el borrador D-105 por factor; a un tradicional le calcula el D-104 mensual. Vos facturás igual; el sistema aplica las reglas de tu régimen.
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