Declaración de Cumplimiento Normativo Hacienda Costa Rica v4.4
Versión 2.0.0 — vigente desde el 14 de julio de 2026.
Por medio de la presente declaración, el Usuario manifiesta expresamente, bajo fe de juramento y con conocimiento de las responsabilidades legales y fiscales aplicables, los siguientes hechos y compromisos en relación con el uso de la plataforma Facturaencr, operada por 3-101-912877 Sociedad Anónima (en adelante, la "Plataforma" y el "Proveedor").
1. Autorización para Emitir
1.1. El Usuario declara que es emisor electrónico autorizado por la Dirección General de Tributación de Costa Rica o, en su defecto, actúa como representante autorizado de uno o varios emisores electrónicos debidamente inscritos.
1.2. Cuando opere por cuenta de terceros emisores, declara contar con autorización expresa, vigente y por escrito del emisor representado para:
- Custodiar su certificado digital
.p12(llave criptográfica) en la Plataforma. - Emitir, firmar y transmitir comprobantes electrónicos en su nombre.
- Acceder a las respuestas de Hacienda asociadas a dichos comprobantes.
- Aceptar o rechazar, en su nombre, los comprobantes de compra recibidos de sus proveedores.
1.3. El Usuario se obliga a mantener disponible dicha autorización para acreditarla ante el Proveedor o ante autoridad competente cuando sea requerida.
2. Titularidad del Certificado Digital
2.1. Cada certificado .p12 que el Usuario suba corresponde a un emisor sobre el cual es titular o cuenta con autorización expresa del titular.
2.2. El Usuario se obliga a:
- Mantener vigente el certificado digital y renovarlo antes de su vencimiento.
- Informar al Proveedor cualquier revocación, suspensión o cambio del certificado.
- No utilizar certificados ajenos sin autorización del titular.
2.3. La Plataforma custodia los certificados cifrados con AES-256-GCM, con claves derivadas por HKDF por cuenta. La contraseña del certificado se almacena cifrada.
3. Responsabilidad por el Contenido Fiscal
3.1. El Usuario es el único responsable por el contenido fiscal de cada comprobante emitido a través de la Plataforma, incluyendo, sin limitarse a:
- Identificación correcta del emisor y del receptor.
- Detalle de productos o servicios facturados y su código CABYS.
- Aplicación correcta de impuestos (IVA general, reducido, exento, exonerado) e impuestos específicos.
- Aplicación correcta de exoneraciones, descuentos y retenciones.
- Cálculo correcto de totales.
- Numeración consecutiva conforme a la normativa vigente.
- Tipo de comprobante correcto: Factura (01), Nota de Débito (02), Nota de Crédito (03), Tiquete (04), Mensaje Receptor (05/06/07), Factura de Compra (08), Factura de Exportación (09) y Recibo Electrónico de Pago (10).
- Clave numérica conforme a la especificación v4.4.
3.2. El Usuario reconoce que la Plataforma actúa como proveedor tecnológico que genera, firma y transmite los XML conforme a los datos que el propio Usuario suministra o registra, sin alterar ni complementar el contenido fiscal, salvo la aceptación automática regulada en la cláusula 5.
4. No Responsabilidad del Proveedor por Contenido Fiscal
4.1. El Proveedor no responderá por:
- Errores en el contenido fiscal de los comprobantes.
- Multas, recargos, intereses o sanciones impuestas por Hacienda Costa Rica al emisor o al Usuario.
- Rechazos de Hacienda derivados de datos incorrectos suministrados por el Usuario.
- Atrasos en la emisión imputables al Usuario o a la indisponibilidad de los sistemas de Hacienda.
- Uso indebido de la Plataforma por el Usuario o por terceros con sus credenciales.
4.2. Las respuestas de Hacienda (aceptación, rechazo) son retransmitidas íntegramente al Usuario vía webhook, portal y/o API.
5. Recepción y Aceptación Automática de Comprobantes de Compra
5.1. La Plataforma ofrece un buzón de recepción que ingiere los comprobantes electrónicos que los proveedores del Usuario le envían.
5.2. El Usuario declara conocer que la opción de aceptación automática (autoAccept) viene ACTIVADA por defecto, y que en tal caso la Plataforma emitirá automáticamente el Mensaje Receptor de aceptación (código 05) ante Hacienda, sin intervención manual.
5.3. El Usuario reconoce que aceptar un comprobante de compra es un acto tributario con efectos fiscales propios, entre ellos el respaldo del crédito de IVA y del gasto deducible.
5.4. En consecuencia, es obligación exclusiva del Usuario:
- Revisar periódicamente los comprobantes recibidos.
- Configurar la aceptación automática, la lista blanca de remitentes autorizados o su desactivación, según convenga.
- Rectificar mediante el Mensaje Receptor que corresponda (aceptación parcial o rechazo) cuando un comprobante no proceda.
5.5. El Proveedor no verifica ni valida la legitimidad, veracidad o procedencia de los comprobantes recibidos de terceros, y no responde por las consecuencias fiscales de su aceptación automática.
6. Reportes Tributarios de Apoyo
6.1. Los reportes y declaraciones que la Plataforma genera son borradores de apoyo, no vinculantes, elaborados exclusivamente a partir de los datos registrados por el Usuario.
6.2. No sustituyen la asesoría de un profesional en contabilidad o tributación. Su revisión, corrección y presentación ante Hacienda son responsabilidad exclusiva del Usuario.
7. Compromiso contra la Emisión Fraudulenta
7.1. El Usuario se compromete a no emitir a través de la Plataforma:
- Comprobantes que respalden operaciones inexistentes o simuladas.
- Comprobantes a nombre de terceros sin autorización.
- Comprobantes con datos falsos o adulterados.
- Comprobantes con fines de evasión o defraudación fiscal.
- Comprobantes que infrinjan la normativa tributaria, comercial o penal de Costa Rica.
7.2. El Proveedor podrá suspender de inmediato la cuenta ante indicios fundados de uso fraudulento, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.
8. Cooperación con Requerimientos de Hacienda
8.1. El Usuario se obliga a cooperar con cualquier requerimiento legítimo de la Dirección General de Tributación o de la autoridad judicial.
8.2. El Proveedor cooperará con dichas autoridades en los términos exigidos por la ley, notificando al Usuario cuando sea legalmente posible.
9. Conservación de Comprobantes
9.1. El Proveedor conservará los XML firmados, XML de respuesta de Hacienda y PDF por el plazo de cinco (5) años desde la emisión, conforme al artículo 109 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y al Reglamento de Comprobantes Electrónicos.
9.2. Excepción: en el plan gratuito y en el entorno de pruebas (sandbox) la custodia es limitada al plazo informado en el plan. El Usuario de dichos planes es el único responsable de descargar y conservar sus comprobantes antes de que venza ese plazo.
9.3. El Usuario puede descargar sus comprobantes en cualquier momento desde el portal o la API.
9.4. El Usuario mantiene la obligación independiente de conservar sus propios respaldos fiscales.
10. Versión Hacienda y Actualizaciones Normativas
10.1. La Plataforma implementa la versión v4.4 del estándar de comprobantes electrónicos de Hacienda Costa Rica, conforme a la resolución MH-DGT-RES-0027-2024 del 19 de noviembre de 2024 (y su ampliación de plazo mediante MH-DGT-RES-0001-2025), que derogó las resoluciones DGT-R-12-2018, DGT-R-39-2018 y DGT-R-033-2019, así como conforme al Reglamento de Comprobantes Electrónicos y a las disposiciones que en el futuro las modifiquen.
10.2. El Proveedor se obliga a actualizar la implementación cuando Hacienda publique nuevas versiones, con razonable antelación a la fecha de obligatoriedad.
10.3. El Usuario acepta los ajustes técnicos derivados de dichas actualizaciones normativas.
11. Sandbox y Pruebas
11.1. El entorno sandbox está reservado para pruebas de integración, no para operaciones comerciales reales.
11.2. Los comprobantes emitidos en sandbox no tienen efecto fiscal ni valor probatorio frente a Hacienda.
11.3. El Usuario se compromete a no emitir comprobantes a clientes reales en sandbox.
11.4. El sandbox es gratuito, está sujeto a un tope mensual de comprobantes y su custodia es limitada.
12. Declaración Jurada
El Usuario declara bajo fe de juramento que la información aquí manifestada es veraz, completa y actualizada, y reconoce que cualquier falsedad puede acarrear las responsabilidades civiles, fiscales y penales correspondientes conforme a la legislación de Costa Rica.
13. Contacto
- Email: notificaciones@facturaencr.com
- Web: https://facturaencr.com
- Soporte: lunes a viernes, 8:00 – 18:00 (hora de Costa Rica)
